Agrocalidad restringe importaciones de productos de origen animal provenientes de Colombia

Desde 2015, Ecuador es país libre de fiebre aftosa, con vacunación.

Como otra medida de protección adoptada por la Agencia Ecuatoriana de Aseguramiento de la Calidad del Agro (Agrocalidad), ante el brote de fiebre aftosa notificado el 24 de junio del presente año en Colombia,  se ha puesto en vigencia la resolución 0075, la cual consiste en prohibir el ingreso temporal  a Ecuador de toda mercancía pecuaria (animales vivos de todas las especies susceptibles, productos y subproductos de origen animal) provenientes de la República de Colombia, que constituyan riesgo de transmisión del virus de fiebre aftosa.

Esta medida se aplicará hasta que la Organización Mundial de Sanidad Animal (OIE), notifique que se han cerrado todos los eventos de fiebre aftosa y Colombia haya recuperado su estatus sanitario como libre de la enfermedad.

La restricción comercial temporal de toda mercancía pecuaria, proveniente de Colombia, fue notificada por Ecuador a la OMC.  

Siguiendo los lineamientos de transparencia establecidos en el Acuerdo de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias perteneciente a la Organización Mundial de Comercio (OMC), esta restricción comercial temporal adoptada por Ecuador desde el 26 de junio de 2017, ha sido notificada a este organismo internacional para que sea notificada a todos los países miembros.

Con esta acción Agrocalidad busca reforzar su nivel de protección y salvaguardar el estatus sanitario del Ecuador como libre de fiebre aftosa con vacunación en el Ecuador continental y sin vacunación en las islas Galápagos.


 

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