CONCURSOS DE MÉRITO Y OPOSICIÓN PARA LA DIRECCIÓN PROVINCIAL AGROPECUARIA DE ESMERALDAS

BASE LEGAL: Art. 228 de la CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR manifiesta: “El ingreso al servicio público, el ascenso y la promoción en la carrera administrativa se realizarán mediante concurso de méritos y oposición, en la forma que determine la ley, con excepción de las servidoras y los servidores públicos de elección popular o de libre nombramiento y remoción(…) »
Art. 65 de la LEY ORGÁNICA DEL SERVICIO PÚBLICO establece que: «El ingreso a un puesto público será efectuado mediante concurso de merecimientos y oposición, que evalúe la idoneidad de los interesados y se garantice el libre acceso a los mismos.»

Captura de pantalla 2016-08-08 a las 4.33.34 p.m.


 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *