CONVOCATORIA ABIERTA A SECTOR EXPORTADOR BANANERO

De conformidad con lo establecido en el artículo 1 de la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano, Plátano (barraganete) y otras musáceas destinadas a la exportación, el artículo 3 de su Reglamento, y al tenor de lo dispuesto en los artículos 3, 4, y 7 del del Instructivo al Reglamento de la Ley para Estimular y Controlar la Producción y Comercialización del Banano, se convoca al sector exportador bananero a presentar las candidaturas para la designación de sus representantes, quienes integrarán la Mesa de Negociación para establecer el Precio Mínimo de Sustentación (PMS) del año 2026, así como el precio mínimo referencial F.O.B. de la caja de banano, orito y morado.

Los representantes del sector exportador que conformarán la Mesa de Negociación, serán designados conforme a los mercados de destino, de la siguiente manera:

  • Un representante principal y suplente que destinen exportaciones hacia la Unión Europea.
  • Un representante principal y suplente que destinen exportaciones hacia los Estados Unidos de América.
  • Un representante principal y suplente que destinen exportaciones hacia Rusia.
  • Un representante principal y suplente que destinen exportaciones hacia el Cono Sur.
  • Un representante principal y suplente que destinen exportaciones hacia otros mercados distintos de los anteriores.

Para postularse como representante, se deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 7 del Instructivo antes referido, entre ellos:

  1. Ser exportador bananero debidamente registrado en el MAG, que comercialice fruta hacia el mercado que representa.
  2. Ser representante legal de una compañía exportadora de banano, registrada en el MAG durante los últimos cinco (5) años, y que no haya cambiado su razón social.
  3. Haber exportado ininterrumpidamente durante las 52 semanas previas a la candidatura, y mantener contratos de compraventa con productores y/o comercializadores legalmente registrados.
  4. No mantener obligaciones pendientes derivadas de sanciones por infracciones a la normativa bananera.
  5. Presentar el respaldo de al menos cinco (5) firmas válidas de exportadores registrados en el MAG que exporten al mercado correspondiente.

Las firmas de respaldo deberán contener: número de RUC y/o cédula de ciudadanía; copia simple de dichos documentos; y, en caso de personas jurídicas, copia simple del nombramiento del representante legal. Si se detectan firmas que respalden a más de un candidato, serán eliminadas de todas las candidaturas.

La documentación deberá presentarse físicamente ante el Ministerio de Agricultura y Ganadería, a través de la Dirección de Gestión de Musáceas de la Subsecretaría de Cadenas Estratégicas Agropecuarias, hasta la última semana del mes de julio del presente año, a fin de proceder con la verificación y calificación respectivas.

Los representantes designados ejercerán sus funciones por un periodo de dos (2) años.

Para cualquier consulta y solicitud del formulario de recolección de firmas comunicarse al correo:

infodpemmusacea@mag.gob.ec