CONVOCATORIA ABIERTA

Empresas interesadas en exportar arroz a Colombia

Recepción de documentación a partir del 01 octubre al 20 de octubre.

  • Periodo de inscripción: 01 al 20 de octubre 2020
  • Periodo de asignación del contingente: 21 al 26 octubre 2020
  • Periodo de notificación del contingentes 27 al 30 de octubre 2020
  • Período de exportación: 15 de noviembre al 31 de diciembre 2020
  • Si la empresa a la cual va a realizar la exportación no consta en la lista de empresas autorizadas, por favor remitir los siguientes requisitos para la exportación de arroz a Colombia.

 NUEVAS EMPRESAS/EXPORTADORES INTERESADOS

  1. Oficio dirigido al Ministro de Agricultura y Ganadería.
  2. Detalle de la empresa exportadora, Registro Único de Contribuyente (RUC), dirección de oficina, dirección de planta de producción.
  3. Datos de la empresa de importadora, Número de Identificación Tributaria (NIT), dirección, zona en territorio colombiano.
  4. Correo electrónico de contacto para notificaciones.
  5. Carta de compromiso de compra de la empresa importadora colombiana.
  6. Estados financieros del último año de la empresa Exportadora.
  7. Índice de liquidez / declaración del impuesto a la renta del último año.
  8. Declaración juramentada que el producto a exportar es exclusivamente ecuatoriano.
  9. Volumen del contingente solicitado.
  10. Vía de exportación.
  11. Compromiso escrito y expreso del solicitante, respecto a la obligación de realizar la exportación del cupo asignado, en el plazo máximo e improrrogable de 60 días contados desde la asignación del cupo.

 EMPRESAS/EXPORTADORES CON SOLICITUDES ANTERIORES

  1. Oficio dirigido al Ministro de Agricultura y Ganadería.
  2. Correo electrónico de contacto para notificaciones.
  3. Carta de compromiso de compra de la empresa importadora colombiana, que incluya: datos de la empresa, número de identificación tributaria (NIT), dirección, zona en territorio colombiano.
  4. Volumen del contingente solicitado.
  5. Vía de exportación.
  6. Compromiso escrito y expreso del solicitante, respecto a la obligación de realizar la exportación del cupo asignado, en el plazo máximo e improrrogable de 60 días contados desde la asignación del cupo.