MAGP entrega 7.475 marbetes a empresas comercializadoras de maíz duro

Manabí, 15 de diciembre de 2025.- Con el propósito de garantizar el bienestar de los productores, el Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca (MAGP) emitió 7.475 marbetes a las empresas Agripac y Farmagro, para la comercialización de semillas Trueno NB-7443, Iniap H-601 y ADV 9139, promoviendo el acceso libre y permanente a semillas certificadas a los pequeños y medianos productores de Manabí.

El MAGP regula la entrega y el uso de marbetes para la comercialización de semillas, exigiendo que las casas comerciales estén registradas y cumplan con los análisis de calidad autorizados por Agrocalidad, los cuales deben llevar información detallada como origen, registro del productor, especie, lote, y resultados de calidad.

Este proceso es supervisado y abalizado a través de inspecciones y la emisión de comunicados y resoluciones para asegurar el cumplimiento de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de Agricultura (LOASFAS).

Laura Londoño, directora Distrital del MAGP en Manabí, dijo que la LOASFAS, establece que la máxima autoridad agraria del país realiza acciones de procedimiento y control de producción, certificación, de uso, comercialización, importación o exportación de semilla certificada para garantizar la calidad de la misma e indicó que los marbetes son entregados por el MAGP una vez que se cumplen los requisitos de registro y calidad de las semillas.

Estos deben estar pegados o cosidos al envase y contener nombre y registro del productor, número de registro del laboratorio, especie, variedad, número de lote, fecha de análisis, resultado de calidad y peso, las semillas deben pasar por análisis de calidad, para determinar su aptitud y categoría, si una semilla no se comercializa en los tiempos máximos, requiere un nuevo análisis y nuevos marbetes, destacó la Directora.

Fausto Sornoza, responsable de la Unidad de Semillas de la Dirección Distrital Manabí, explicó que la verificación de la calidad durante el proceso para la certificación de la semilla está basada en niveles levantados en las inspecciones; generalmente la primera inspección se realiza luego de la inscripción del campo y antes de la siembra.

La segunda inspección deberá ser realizada cuando el cultivo inicie la floración, donde se verifica el manejo y sanidad del cultivo, además de la pureza genética del campo de multiplicación.

El Art. 39 de la Ley Orgánica de la Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS), indica que: “Toda persona natural, jurídica pública, privada o comunitaria que se dedique a la producción, comercialización, importación o exportación de semilla certificada y cultivares deberá registrarse ante la Autoridad Agraria Nacional. Está prohibido comercializar semillas certificadas que no estén inscritas en el indicado registro”.