NOTIFICACION PAGO DE AVALUO DE TIERRAS

NOTIFICACIÓN

Ibarra, 03 de marzo de 2017

Señor 

POSESIONARIO

Presente.-

De mi consideración:

En referencia a la Resolución  Administrativa No. 01 de  la  Subsecretaría de Tierras y  Reforma Agraria, de  fecha  25 de  marzo de 2011 vigente,  en  referencia  al Art. 1 respecto de los  requisitos para  la  legalización de tierras y  territorios,  en  su  parte  pertinente  mediante la cual  determina “Requisitos para  la  adjudicación en la SSTRA” el cumplimiento de los requisitos del numeral 4.- Levantamiento planimétrico debidamente georeferenciado: plano e informe de linderación aprobado por la SSTRA,  y en cumplimiento de la Disposición Transitoria Primera de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales mediante la cual obliga que “(…) en  un plazo no mayor de trescientos sesenta y cinco días contados a partir de la promulgación de esta Ley, los trámites de resolución de adjudicación, de oposición a la adjudicación y presentación de títulos, iniciados antes de la expedición de la presente Ley, seguirán sustanciándose al amparo de las disposiciones contenidas en la Ley de Tierras Baldías y Colonización y, Ley de Desarrollo Agrario en cuanto sea procedente, hasta la conclusión de estos trámites”, bajo esta primacía me corresponde a usted  NOTIFICAR.

REALIZAR LAS CORRECCIONES PERTINENTES DENTRO DE LAS PLANIMETRÍAS E INFORME DE LINDERACIÓN DE CONFORMIDAD A LAS OBSERVACIONES PRESENTADAS POR SSTRA DE IMBABURA.

De conformidad al Art.16 literal h); Art. 66 en el cual dice: “VIGENCIA.- Los actos administrativos, para su plena validez deberán ser obligatoriamente notificados al administrado y mientras no lo sean no tendrán eficacia con respecto a quienes se haya omitido la notificación (…)”; Art. 127 numeral 1 “Las notificaciones se practicarán por cualquier medio que permita tener constancia de la recepción por el interesado o su representante, así como de la fecha, la identidad y el contenido del acto notificado”; y, Art. 143 numeral 1“Los trámites que deban ser cumplimentados por los interesados deberán realizarse en el plazo de diez días a partir de la notificación del correspondiente acto, salvo en el caso de que en la norma correspondiente se fije plazo distinto, numeral 2 y numeral  3” de  la ERJAFE.

Para fines de cumplimiento dentro de los plazos que determina la Ley (10 DÍAS) a  partir de la notificación, los interesados que no cumplan dentro  de  estos  plazos y objeto  de  la notificación se entenderá que han desistido de  continuar  con  el  trámite correspondiente; hecho lo cual, esta Unidad procederá de conformidad a la Ley

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Me  suscribo,

Ing. Mónica Vaca

Responsable de la Unidad de Tierras de la Dirección Provincial de Imbabura del MAGAP.


 

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