Palmicultores ya no pagarán el anticipo del impuesto a la renta, como resultado de diálogo con MAG
Los productores que se dediquen al cultivo de palma aceitera estarán exentos de calcular y pagar el anticipo del impuesto a la renta. Así consta en el Decreto Ejecutivo 273, suscrito por el presidente de la República, Lenín Moreno Garcés, donde se recoge la recomendación que el Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) hiciera al Servicio de Rentas Internas (SRI) para establecer un impuesto único para el sector palmicultor, según la Ley de Régimen Tributario Interno.
La propuesta tuvo el objetivo de generar incentivos a la actividad y mitigar los efectos por la caída de los precios internacionales y baja productividad, debido a la presencia de plagas letales en cultivos de palma.
Los palmicultores pueden acogerse al impuesto único desde el 1 de enero de 2018. La aplicación de este gravamen está prevista en el artículo 27 de la Ley de Régimen Tributario Interno.
Para la aplicación del impuesto a la renta único regulado en el mencionado Decreto Ejecutivo se aplicarán tarifas progresivas, según la clasificación conforme el Reglamento de Estructura de Desarrollo Productivo de la Inversión: microempresa, pequeña empresa, mediana empresa y grande empresa.
Como microempresarios están considerados quienes obtengan ingresos totales de cero a 300.000 dólares; en pequeña empresa están quienes reciben entre 300.000,01 hasta un millón de dólares; en mediana empresa están los que obtienen entre millón de dólares con un centavo hasta cinco millones; y, como grande empresa sobre los cinco millones y un centavo en adelante.