Veda del dorado inició 1 de Julio de 2013

Desde el 1 de julio al 7 de octubre del 2013, por disposición del Viceministerio de Acuacultura y Pesca – Ministerio de Agricultura, Ganadería, Acuacultura y Pesca (MAGAP)- entra en vigencia la veda para la pesca del dorado, estipulado en el Acuerdo Ministerial 070 del  19 de mayo de 2011. La medida busca proteger la especie.

El control y cumplimiento de la veda serán ejecutados por 70 inspectores de pesca de la Subsecretaría de Recursos Pesqueros, quienes realizarán inspecciones marítimas y terrestres a nivel nacional.

Los técnicos emitirán Certificados de Monitoreo y Guías de Movilización de Productos Pesqueros, documentos que demostrarán el origen de la pesca incidental del recurso vedado, así lo dio a conocer el director de Control de Recursos Pesqueros, Molke Mendoza.

Además, informó que se inspeccionaron  ocho empresas comercializadoras y exportadoras de dorado, para constatar el stock que almacenaban hasta el 30 de junio del presente año.

Dijo que durante la veda queda prohibido el uso de arte de pesca de palangre “fino” o “doradero”. La veda comprende la prohibición de capturar  durante todo el año,  dorados con una talla inferior a 80 centímetros de longitud total.

Recordó  que, durante este periodo, las capturas del dorado que se realicen en violación a la medida de ordenamiento son consideradas ilegales  y serán sancionados los infractores  como lo indica la Ley.

La especie representa el 70% de la captura anual de especies de pelágicos.

 


 

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