Normativa:

Acuerdo Ministerial No. 109

Acuerdo Ministerial No. 141 

Formularios de requisitos generales

1. Formulario de Solicitud de Licencias de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo

2. Formulario de Licitud de Fondos

3. Formulario de Anexos de Documentos específicos por cada Licencia

Formatos específicos para proyectos:

Para uno de los requisitos las licencias Número 3 y 4 para producción de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, y Cáñamo para uso industrial, se encuentra:

4. Plan de Producción Agrícola   

Y para uno de los requisitos de la Licencia Número 5 del Procesamiento de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo y Producción de Derivados de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, se encuentra:

5. Plan de Procesamiento de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo

________________________________________________________________________

1.       REPORTEADOR Y BUSCADOR DE LICENCIATARIAS DE CÁÑAMO A NIVEL NACIONAL: https://servicios.mag.gob.ec/ReporteadorBuscadorLicenciatariosCanamo/

Presentación de la Capacitación para Obtener Licencias de Cáñamo:

https://www.agricultura.gob.ec/wp-content/uploads/downloads/2024/03/Capacitacion-proceso-para-obtener-licencias-de-canamo.pdf

________________________________________________________________________

Preguntas Frecuentes de los Administrados para la Obtención de Licencias Cáñamo

1.     Dónde puedo encontrar los requisitos para los diferentes tipos de licencias?

Todos los requisitos e información referente a las licencias de cáñamo se encuentra en el siguiente link: https://www.agricultura.gob.ec/canamo/

Los requisitos se encuentran detallados en el Acuerdo Ministerial N. 109 en los artículos de 22 al 31.

2.     ¿Quiénes pueden aplicar a las licencias?

Pueden aplicar a las licencias personas jurídicas legalmente constituida o domiciliada en la República del Ecuador.

3.     ¿Cuál debe ser el objetivo de la persona jurídica?

Su actividad económica principal debe ir acorde a la actividad de la licencia.

4.     ¿Cuáles son los requisitos para importar a Ecuador semillas de cannabis no psicoactivo o cáñamo industrial?

Se deberá cumplir con los requisitos establecidos en la LOASFAS (Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable) y los requisitos establecidos en el Acuerdo Ministerial 109 (https://www.agricultura.gob.ec/canamo/).

5.     ¿La licencia No.3 y 4 permite importar las semillas o esquejes a ser usados en mi plantación?

La licencia Nro. 3 y 4 permiten la importación de material genético para uso propio del predio, y permite realizar las actividades de la licencia 1 y 2 siempre y cuando se cumpla con los respectivos requisitos.

Es decir, la licencia Nro. 3 y 4 permiten:

·     Importación de material genético para uso propio del predio

·     Importación y comercialización de semillas y/o esquejes de cannabis no psicoactivo o cáñamo, o de semillas de cáñamo para uso industrial respectivamente.

·     Siembra y producción de semillas y esquejes de cannabis no psicoactivo o cáñamo, o de semillas de cáñamo para uso industrial.

Para realizar estas actividades se debe cumplir con los requisitos previstos en la licencia 1 y 2.

6.     ¿Cuál es el área mínima que puedo sembrar y en cuánto tiempo puedo llegar a esa área?

Se puede llegar al área mínima en un período de 5 años:

Licencia No. 3 Licencia para el Cultivo de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo

Bajo Invernadero: 2 ha

Cielo Abierto: 5 ha

Licencia No. 4 Licencia para el Cultivo de Cáñamo para uso Industrial

Cielo Abierto: 5 ha

Licencia No. 2 Licencia para la Siembra y Producción de Semillas de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, o de Esquejes de Cannabis No Psicoactivo o Cáñamo, o de Semillas de Cáñamo para Uso Industrial

            Bajo invernadero: 0,5 ha

7.     ¿Cuál licencia permite la importación de derivados de cannabis no psicoactivo?

Se debe tomar en cuenta la definición de Derivados de Cannabis No psicoactivo del Acuerdo Ministerial No. 109, en el artículo 3 numeral 15.

La importación de derivados de cannabis no psicoactivo o cáñamo, se puede realizar bajo las licencias 5 y/o 7.

Si se requiere hacer la importación con la licencia nro. 5 se debe contar con el respectivo laboratorio de extracción de aceite.

8.     ¿Con qué licencia puedo importar producto final como cremas, cosméticos, grano de cáñamo, etc.?

El MAG solo regula cultivo y primera extracción de aceite en crudo, producto final no está dentro de las competencias del MAG, lo regula ARCSA.

9.     ¿Se necesita un contrato de compra de la producción por parte de otra empresa como requisito para obtener la licencia?

No se solicita un contrato de compra como requisito para aplicar a los diferentes tipos de licencia.

10.     ¿En dónde se encuentran los formularios de los requisitos para aplicar a las licencias?

Los formularios que se deben presentar, se encuentran disponibles en el siguiente link https://www.agricultura.gob.ec/canamo/

11.     ¿En dónde se encuentra el tarifario de las diferentes licencias?

El tarifario lo podrá encontrar en el Acuerdo Ministerial Nro. 141 ubicado en este link:

https://www.agricultura.gob.ec/canamo/​

12.     ¿Cómo se realiza el pago de las licencias?

Mediante depósitos o transferencias bancarias, con el siguiente detalle:

Institución Bancaria: BanEcuador

N° Cuenta Corriente: 0010001379

Sublìnea: 130112

A favor de: Ministerio de Agricultura y Ganadería.

RUC: 1760001470001

Correos: financieroagricultura@mag.gob.ec / apunguill@mag.gob.ec

13.     ¿Ya es posible solicitar licencias?

Si, se puede realizar de la siguiente forma: 

Proceso de Ingreso:

Ventanilla presencial: Entregar carpeta física y digital (según lo establecido en el art. 32 del AM nro. 109) en cualquiera de las ventanillas únicas del MAG.

Horario: Lunes a viernes de 8:00 am –  14h00 pm

Ventanilla única virtual: Enviar documentación escaneada a ventanilla_gye@mag.gob.ec (Horario: 24 horas) y entregar el físico en la Subsecretaría de Producción Agrícola de planta central (Quito o Guayaquil) o en las Direcciones Distritales. Horario: Lunes a viernes de 8:00 am –  16h00 pm

*Tener en cuenta que la Subsecretaría de Producción Agrícola recibirá el físico de la carpeta, una vez que ventanilla haya ingresado el trámite mediante la plataforma Quipux, mismo que el usuario deberá conocer su número de trámite en el momento que presente la carpeta.

Instrucciones: La solicitud debe ir dirigida al Sr. Subsecretario de Producción Agrícola y firmada por el representante legal con número de cédula, número de RUC, número de teléfono y correo al pie de la firma, todo el trámite en un solo archivo PDF con las hojas numeradas en secuencia, si el archivo es pesado se puede dividir en dos correos o más, colocando el mismo asunto.

pd. el comprobante de pago de la licencia a solicitar es un requisito previo al otorgamiento de la licencia.