Contingente temporal para la importación de arroz -2023-: Primera convocatoria

De acuerdo a lo establecido en la Resolución 008-2023 del Pleno del Comité de Comercio Exterior (COMEX), (link resolución del COMEX) se informa:

Origen: Países Miembros de la Organización Mundial de Comercio. Miembros OMC.pdf, que cuenten con habilitación fitosanitaria por parte de la Agencia de Regulación y Control Fito y Zoo Sanitario (AGROCALIDAD):https://guia.agrocalidad.gob.ec/agrodb/aplicaciones/publico/productos1/consultaRequisitoComercio.php

Período de utilización del contingente: Desde el 17 de julio hasta el 31 diciembre 2023

Volumen del contingente: 33.000 toneladas métricas

Requisitos:

  1. Los usuarios interesados en la utilización del contingente, deberán estar calificados como importadores en el Ministerio de Agricultura y Ganadería, en la Subsecretaría de Comercialización Agropecuario, de conformidad con la Resolución No. 022 del 7 de marzo del 2022, del Ministerio de Agricultura y Ganadería, para la calificación como importador se requiere lo siguiente:
  • Oficio dirigido a la Subsecretaría de Comercialización Agropecuaria, adjuntando el Registro Único de Contribuyente (RUC) actualizado, cuya actividad económica esté relacionada con la producción, comercialización o distribución de productos agropecuarios.
  • En el caso de personas jurídicas, incluir el nombramiento del representante legal debidamente registrado en el registro mercantil.
  • Mapa geo-referenciado con la ubicación física de las bodegas o lugares de almacenamiento.

2.Factura proforma (a través de VUE).

3.Nota de pedido (a través de VUE), Modelo de nota de pedido

4.Carta informativa firmada, con firma física o electrónica(a través de VUE).

5.Copia de RUC (a través de VUE).

6.Certificado de representación legal de la empresa en el caso de personas jurídicas (a través de VUE).

7.Ficha técnica del producto.  (a través de VUE).

Tiempo de vigencia: El tiempo de vigencia de la licencia de importación se realizará en función a las disposiciones de la Resolución Nro. 022 del 7 de marzo del 2022.

La solicitud del contingente deberá realizarse a través de Ventanilla Única Ecuatoriana (VUE), mediante el código suplementario 0001. Para requisitos adicionales, referirse a la Resolución Nro. 008-2023 del Pleno del COMEX.